click to enable zoom
Cargando Mapas
No hemos encontrado resultados
ampliar mapa
Ver Mapa Satelite Hibrido Terreno Mi localización Pantalla completa Anterior Siguiente
Buscador avanzado

0 € a 600.000 €

Mas Opciones
Hemos encontrado 0 resultados. ¿Quieres cargar los resultados ahora?
Buscador avanzado

0 € a 600.000 €

Mas Opciones
we found 0 results
Resultados de la búsqueda

Vender tu vivienda en 2014 o 2015 …diferencias!

Escrito por Daniel de la Mata on septiembre 11, 2014
| 0

InmoactivoxSe está hablando mucho estos días sobre la reforma fiscal, que sube la presión fiscal a las transacciones de casas, pero pocos saben realmente en qué consiste esta reforma y cómo les afectará.

Desde Actívox vamos a intentar aclarar un poco el dilema, y ayudar a los que se vean en la situación de vender este año 2014 o esperar al 2015.

Los vendedores más perjudicados, serán los que vendan un inmueble adquirido antes del 31 de diciembre de 1994. Actualmente existen unos coeficientes reductores de plusvalías, que benefician mucho a este tipo de inmuebles,

El primero es un corrector de actualización de precio de compra a precio de mercado. Esta actualización beneficia a todos, con independencia de en qué año compraron, evidentemente. Cuantos más años hayan pasado desde la compra, más beneficio tendrá.

El segundo es para los que compraron antes del 31 de diciembre de 1994, que tienen derecho a una reducción por la plusvalía generada entre la fecha de compra y el 19 de enero de 2006. La ganancia imputada durante este período se reduce por los coeficientes de abatimiento y puede llegar a quedar exenta para casas compradas antes del 31 de diciembre de 1986.

El “hachazo fiscal” para estos compradores, será muy considerable, pudiendo llegar a haber diferencias de miles de euros en tributos entre vender en 2014 o en 2015, con lo que nuestra recomendación para las personas que estén en esta situación, es vender sin duda este año 2014.

Se siguen manteniendo algunas exenciones en casos de venta de viviendas habituales:

  • La primera es el plazo de 2 años para reinvertir las plusvalías generadas en esa venta, si alguien vende su vivienda habitual y obtiene plusvalías, tiene dos años para reinvertir ese dinero en la compra de otra vivienda habitual, si emplea todas las plusvalías en la compra, no pagará nada, si sólo emplea parte de ellas, tributará por la parte que no haya reinvertido.
  • La segunda es para mayores de 65 años. Los mayores de 65 años que vendan un inmueble, quedarán exentos de tributar por las plusvalías que obtengan si se trata de su vivienda habitual.

Y como no todo van a ser malas noticias, también la nueva reforma nos trae alguna “alegría”; el Gobierno prevé rebajar los tipos impositivos que se aplican sobre las ganancias patrimoniales. Actualmente, las plusvalías tributan al 21% para los primeros 6.000 euros de beneficio. Entre 6.000 y 24.000 euros pagan el 25% y a partir de ese nivel se aplica un 27%. En 2015, los primeros 6.000 euros tributarán al 20%, entre 6.000 y 50.000 euros aplicarán un 22% y por encima de ese umbral pagarán un24%.

Deja una respuesta

Your email address will not be published.

  • Buscador avanzado

    0 € a 600.000 €

    Mas Opciones