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Cómo queda definitivamente la Reforma Fiscal para el 2015

Escrito por Daniel de la Mata on diciembre 10, 2014
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Hace unas semanas comentábamos sobre la Reforma Fiscal que estaba preparando el Gobierno y las consecuencias para las personas que querían vender un inmueble, comentamos la diferencia entre venderlo en 2014 o 2013.
Puedes ver el artículo AQUÍ.

Definitivamente el Gobierno ha rectificado en parte en las medidas, pero mantiene unas ‘penalizaciones’ considerables para la gran mayoría.

Para las personas que vendan inmuebles por valor superior a 400.000€ la reforma quedará exactamente igual que como estaba prevista.

Para el resto, los que vendan inmuebles por un valor inferior a los 400.000€, se mantendrán los coeficientes de abatimiento, pero se eliminaran los coeficientes de actualización.

Coeficiente de actualización, es un corrector de actualización de precio de compra a precio de mercado. Esta actualización beneficia a todos, con independencia de en qué año compraron, evidentemente, cuantos más años hayan pasado desde la compra, más beneficio tendrá. (Se elimina definitivamente)

Coeficientes de abatimiento son para los que compraron antes del 31 de diciembre de 1994, que tienen derecho a una reducción por la plusvalía generada entre la fecha de compra y el 19 de enero de 2006. La ganancia imputada durante este período se reduce por los coeficientes de abatimiento y puede llegar a quedar exenta para casas compradas antes del 31 de diciembre de 1986. (Se mantiene para las personas que vendan inmuebles por un montante no superior a 400.000€, para el resto se elimina.)

Se siguen manteniendo con la Reforma Fiscal, algunas exenciones en casos de venta de viviendas habituales:
La primera es el plazo de 2 años para reinvertir las plusvalías generadas en esa venta, si alguien vende su vivienda habitual y obtiene plusvalías, tiene dos años para reinvertir ese dinero en la compra de otra vivienda habitual, si emplea todas las plusvalías en la compra, no pagará nada, si sólo emplea parte de ellas, tributará por la parte que no haya reinvertido.

La segunda es para mayores de 65 años. Los mayores de 65 años que vendan un inmueble, quedarán exentos de tributar por las plusvalías que obtengan si es su vivienda habitual.

Se mantiene la bajada de los tipos impositivos que se aplican sobre las ganancias patrimoniales. Actualmente, las plusvalías tributan al 21% para los primeros 6.000 euros de beneficio. Entre 6.000 y 24.000 euros pagan el 25% y a partir de ese nivel se aplica un 27%. En 2015, los primeros 6.000 euros tributarán al 20%, entre 6.000 y 50.000 euros aplicarán un 22% y por encima de ese umbral pagarán un 24%.

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