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Seguro de impagos…

Escrito por activox on diciembre 4, 2015
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…propietario tranquilo!

Debido al creciente interés por parte de los propietarios de viviendas destinadas al alquiler en el seguro de impagos, en este post nos vamos a centrar en ello.

Este tipo de seguros es una alternativa al aval bancario, que supone un hándicap a la hora de encontrar inquilino. En el aval bancario, el inquilino debe tener bloqueado en la cuenta bancaria una cantidad de dinero y asumir una serie de gastos de mantenimiento. Frente a esto, el seguro de impagos además de garantizar el pago de la cuota del alquiler durante 12 meses en caso de desahucio, te ofrece otro tipo de garantías, y por tanto, otorga una mayor seguridad hacia el propietario y menos quebraderos de cabeza ante cualquier tipo de problema.

Desde Inmoactivox, vamos a explicar lo más claro posible las garantías que quedan cubiertas en este tipo de seguros:

  • Asistencia jurídica telefónica: con sólo una llamada tendrás, de inmediato, todas las respuestas que necesites sobre tus derechos y obligaciones como arrendador. Podrás llamar tantas veces como quieras, sin límite de consultas. Dudas sobre quién debe pagar la reparación de la caldera, si el inquilino incumple el contrato y no sabes si puedes reclamar…
  • Defensa y reclamación en contratos de arrendamiento: defiende y reclama tus derechos en conflictos relacionados con el contrato de arrendamiento. Por ejemplo, impagos, daños en la vivienda, importes de la fianza o procesos de desahucio.
  • Impago de alquileres: la compañía asume el coste de los impagos por parte del inquilino, siempre que exista un juicio de desahucio, con un límite máximo de 12 meses para las viviendas. En esta garantía hay una mensualidad de franquicia, es decir, que la primera mensualidad impagada es por cuenta del propietario.
  • Actos vandálicos: si tras un desahucio descubres que en tu propiedad existen deterioros en el continente, la compañía asumirá los destrozos con una franquicia de 300€.
  • Defensa de los derechos relativos a la vivienda: si tienes problemas con un vecino o con la comunidad, la compañía reclama en tu nombre y defiende tus derechos como propietario.
  • Defensa de la responsabilidad penal: si te denuncian o te exigen responsabilidades penales, la compañía te defiende, con un abogado que te representará, sin costes adicionales.
  • Reclamación de daños de origen extracontractual: la compañía te garantiza la reclamación a un tercero por daños ocasionados a tu vivienda y a los bienes ubicados en el interior,
  • Reclamación en contratos de reparación y mantenimiento: en caso de incumplimiento de contratos de servicios, reparación o mantenimiento, la compañía defiende tus derechos tanto por vía amistosa como judicial.
  • Defensa de otros seguros: tus derechos como propietario serán defendidos también frente a otras aseguradoras.

A parte de esto, contratando el seguro de impagos,  el propietario se asegura cierta solvencia del inquilino, ya que la compañía solicita una serie de documentación, y comprueba la posible morosidad en su base de datos.

El precio de estos seguros suele oscilar entre el 4% y el 4,5% de la cuota anual de alquiler.

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